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Documentos, apostillas y traducciones juradas

Los papeles que piden los consulados y las dos reglas en las que más gente falla.

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Respuesta rápida

Para la visa de nómada digital sueles necesitar el impreso de visado nacional, pasaporte, certificados de antecedentes penales, seguro médico válido en España, documentos de la empresa y del contrato, prueba de ingresos, de titulación y del alta en la Seguridad Social. Todo documento público extranjero debe ir apostillado (o legalizado) y traducido al español por traductor jurado.

Lista habitual

  1. Impreso de solicitud de visado nacional con foto.
  2. Pasaporte en vigor (los consulados suelen exigir al menos 1 año de validez y páginas en blanco).
  3. Certificados de antecedentes penales apostillados de los países de residencia de los 2 últimos años y declaración responsable de 5 años.
  4. Seguro médico de una aseguradora autorizada en España, sin carencias ni copagos; no valen seguros de viaje.
  5. Certificado de la empresa: antigüedad de la relación y permiso para teletrabajar desde España; para autónomos, los contratos mercantiles y sus condiciones.
  6. Prueba de que la empresa tiene al menos 1 año de actividad real (certificado del registro).
  7. Prueba de ingresos: nóminas o facturas y extractos bancarios que coincidan.
  8. Título (apostillado) o acreditación de 3 años de experiencia.
  9. Seguridad Social: inscripción de la empresa en España o certificado de convenio (asalariados); alta en el RETA (autónomos).
  10. Para familiares: prueba del parentesco (matrimonio, nacimiento) y, en su caso, de la dependencia.
Cada consulado publica su propia lista y puede pedir más. Sigue siempre las instrucciones del consulado que corresponde a tu lugar de residencia.

Apostilla

Los documentos públicos extranjeros (certificados, títulos, extractos de registros) deben llevar la apostilla de La Haya, o legalizarse si el país emisor no forma parte del Convenio.

Traducción jurada

Lo que no esté en español debe traducirse. Los consulados aceptan traducciones hechas en España por traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, o hechas o asumidas por una representación diplomática o consular española.

El orden importa: primero la apostilla y después la traducción (que debe incluir la apostilla). Las fotocopias se hacen después.

Preguntas

¿Los antecedentes penales llevan apostilla?

Sí, como cualquier documento público extranjero que presentes con la solicitud.

¿Puede traducirlos cualquier traductor?

No. Debe ser traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, o una traducción hecha o validada por un consulado español.

Descubre en dos minutos si tu caso está listo para el consulado.

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