Respuesta rápida
Las tasas oficiales son modestas: la autorización de residencia pedida en España cuesta 73,26 € por persona (2026) y la tasa del visado consular depende del consulado y de tu nacionalidad (algunas están exentas). La mayor parte del presupuesto se va en apostillas, traducciones juradas, seguro médico y, si quieres ayuda, un servicio de preparación.
| Concepto | A quién se paga | Importe |
|---|---|---|
| Autorización de residencia en España (UGE), solicitud inicial | Administración española | 73,26 € por titular y por familiar |
| Visado nacional en el consulado | Consulado de España | Según consulado y nacionalidad |
| Apostillas | Autoridades del país emisor | Según país |
| Traducciones juradas al español | Traductor jurado | Según número de páginas |
| Seguro médico (sin carencias ni copagos) | Aseguradora autorizada en España | Según edad y cobertura |
| Preparación de la solicitud (opcional) | Spain Nomad Visas | Precio pendiente |
Nunca cobramos las tasas oficiales por ti: las pagas directamente a la Administración, para que siempre sepas qué es oficial y qué es servicio.
Dónde se gasta de más
- Traducir documentos que el consulado no pedía.
- Apostillar después de traducir y tener que volver a traducir.
- Contratar seguros con copago que luego se rechazan.
Preguntas
¿Los familiares pagan también 73,26 €?
Sí, según las preguntas frecuentes del Ministerio la tasa se aplica a la solicitud inicial del titular y de cada familiar.
¿Cómo se paga la tasa de residencia?
Por internet y por adelantado, con tarjeta, cargo en cuenta o Bizum, obteniendo un NRC que se incluye en la solicitud.
Fuentes oficiales
- Preguntas frecuentes de teletrabajadores internacionales — UGE, Ministerio de Inclusión
- Requisitos del visado de teletrabajo — Consulado General de España en Santiago de Chile
consultadas el 15 de octubre de 2026.